1. APROBACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR
Texto aprobado el día 27 de marzo de 2019 por la Dirección.
Esta Política de Seguridad de la Información V2.00 es efectiva desde dicha fecha y hasta que sea reemplazada por una nueva Política.
2. INTRODUCCIÓN
INFORMATICA CATRIAN depende de los sistemas TIC (Tecnologías de Información y Comunicaciones) para alcanzar sus objetivos. Estos sistemas deben ser administrados con diligencia, tomando las medidas adecuadas para protegerlos frente a daños accidentales o deliberados que puedan afectar a la disponibilidad, integridad o confidencialidad de la información tratada o los servicios prestados.
El objetivo de la seguridad de la información es garantizar la calidad de la información y la prestación continuada de los servicios, actuando preventivamente, supervisando la actividad diaria y reaccionando de forma rápida y eficiente frente a los incidentes.
Los sistemas TIC deben estar protegidos contra amenazas de rápida evolución con potencial para incidir en la confidencialidad, integridad, disponibilidad, uso previsto y valor de la información y los servicios. Para defenderse de estas amenazas, se requiere una estrategia que se adapte a los cambios en las condiciones del entorno para garantizar la prestación continua de los servicios. Esto implica que los departamentos deben aplicar las medidas mínimas de seguridad exigidas por el Esquema Nacional de Seguridad, así como realizar un seguimiento continuo de los niveles de prestación de servicios, seguir y analizar las vulnerabilidades reportadas, y preparar una respuesta efectiva a los incidentes para garantizar la continuidad de los servicios prestados.
Los diferentes departamentos deben cerciorarse de que la seguridad TIC es una parte integral de cada etapa del ciclo de vida del sistema, desde su concepción hasta su retirada de servicio, pasando por las decisiones de desarrollo o adquisición y las actividades de explotación. Los requisitos de seguridad y las necesidades de financiación, deben ser identificados e incluidos en la planificación y en la solicitud de ofertas.
Los departamentos deben estar preparados para prevenir, detectar, reaccionar y recuperarse de incidentes, de acuerdo al Artículo 7 del ENS.
2.1 PREVENCIÓN
Los departamentos deben evitar, o al menos prevenir en la medida de lo posible, que la información o los servicios se vean perjudicados por incidentes de seguridad. Para ello los departamentos deben implementar las medidas mínimas de seguridad determinadas por el ENS, así como cualquier control adicional identificado a través de una evaluación de amenazas y riesgos. Estos controles, y los roles y responsabilidades de seguridad de todo el personal, deben estar claramente definidos y documentados. Para garantizar el cumplimiento de la política, los departamentos deben:
• Evaluar regularmente la seguridad, incluyendo evaluaciones de los cambios de configuración realizados de forma rutinaria.
• Solicitar la revisión periódica por parte de terceros con el fin de obtener una evaluación independiente.
2.2. DETECCIÓN
Dado que los servicios se puede degradar rápidamente debido a incidentes, que van desde una simple desaceleración hasta su detención, los servicios deben monitorizar la operación de manera continua para detectar anomalías en los niveles de prestación de los servicios y actuar en consecuencia según lo establecido en el Artículo 9 del ENS.
La monitorización es especialmente relevante cuando se establecen líneas de defensa de acuerdo con el Artículo 8 del ENS. Se establecerán mecanismos de detección, análisis y reporte que lleguen a los responsables regularmente y cuando se produce una desviación significativa de los parámetros que se hayan preestablecido como normales.
2.3. RESPUESTA
Los departamentos deben:
• Designar punto de contacto para las comunicaciones con respecto a incidentes detectados en otros departamentos o en otros organismos.
• Establecer protocolos para el intercambio de información relacionada con el incidente. Esto incluye comunicaciones, en ambos sentidos, con los Equipos de Respuesta a Emergencias (CERT).
2.4. RECUPERACIÓN
Para garantizar la disponibilidad de los servicios críticos, los departamentos deben desarrollar planes de continuidad de los sistemas TIC como parte de su plan general de continuidad de negocio y actividades de recuperación.
3. ALCANCE
Esta política se aplica a todos los sistemas TIC de y a todos los miembros de la organización, sin excepciones.
4. MISIÓN
Catrian es una empresa especializada en la provisión de Servicios Gestionados para el mantenimiento, soporte y supervisión de la infraestructura y seguridad informática de empresas de cualquier sector.
Los servicios prestados consiguen obtener una mejora en el rendimiento de la infraestructura, mejorar la productividad del personal técnico y reducir significativamente el coste de las inversiones. Es decir, se busca maximizar el tiempo útil y la seguridad de los sistemas de información, sin tener que realizar inversiones en equipamiento, software o formación de recursos humanos.
5. MARCO NORMATIVO
INFORMÁTICA CATRIAN se encuentra sujeto a la siguiente normativa en la provisión de los servicios prestados a sus clientes:
• REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (reglamento General de Protección de Datos), de aplicación al tratamiento total o parcialmente automatizado de datos personales, así como al tratamiento no automatizado de datos personales contenidos o destinados a ser incluidos en un fichero.
• Prevención de Riesgos Laborales Ley 31/1995 de 8 de noviembre y Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
• El convenio colectivo aplicable, correspondiente a “Oficinas y Despachos”.
• Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE).
• RD-ley 13/2012 de 30 de marzo, ley de cookies.
• Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
El marco de referencia que da cobertura legal a este documento se establece en las siguientes secciones del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica (en adelante, ENS):
• ENS. Artículo 12. Organización e implantación del proceso de seguridad
La seguridad deberá comprometer a todos los miembros de la organización. La política de seguridad según se detalla en el Anexo II, sección 3.1, deberá identificar unos claros responsables de velar por su cumplimiento y ser conocida por todos los miembros de la organización administrativa.
• ENS. Anexo II
Medidas de Seguridad Marco organizativo [org]
Política de seguridad [org.1]
6. ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD
6.1. COMITÉ: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
El Comité de Gestión de la Seguridad de la Información estará formado por el Director General, Director Técnico, Responsable de TI, Responsable de Infraestructura y el Responsable de Seguridad.
El Comité tendrá las siguientes funciones:
• Es responsable de la redacción de la Política de Seguridad
• Es responsable de la creación y aprobación de las normas que enmarcan el uso de los servicios TIC
• Aprobará los procedimientos de actuación en lo relativo al uso de los servicios TIC
• Aprobará los requisitos de formación y calificación de administradores, operadores y usuarios desde el punto de vista de seguridad de las TIC.
6.2. ROLES: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Los diferentes roles junto con sus respectivas funciones y responsabilidades están reflejados en la matriz de roles y responsabilidades de INFORMATICA CATRIAN.
6.3. PROCEDIMIENTOS DE DESIGNACIÓN
El Responsable de Seguridad de la Información será nombrado por la Dirección a propuesta del Comité de Gestión de la Seguridad de la Información. El nombramiento se revisará cada 2 años o cuando el puesto quede vacante.
6.4. POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Será misión del Comité de Gestión de la Seguridad de la Información la revisión anual de esta Política de Seguridad de la Información y la propuesta de revisión o mantenimiento de la misma. La Política será aprobada por el mismo comité y difundida para que la conozcan todas las partes afectadas.
7. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
INFORMATICA CATRIAN trata datos de carácter personal. El documento de seguridad, al que tendrán acceso sólo las personas autorizadas, recoge los ficheros afectados y los responsables correspondientes. Todos los sistemas de información de INFORMATICA CATRIAN se ajustarán a los niveles de seguridad requeridos por la normativa para la naturaleza y finalidad de los datos de carácter personal recogidos en el mencionado Documento de Seguridad.
8. GESTIÓN DE RIESGOS
Todos los sistemas sujetos a esta Política deberán realizar un análisis de riesgos, evaluando las amenazas y los riesgos a los que están expuestos. Este análisis se repetirá:
• cuando cambie la información manejada
• cuando cambien los servicios prestados
• cuando ocurra un incidente grave de seguridad
• cuando se reporten vulnerabilidades graves
Para la armonización de los análisis de riesgos, el Comité de Gestión de la Seguridad de la Información establecerá una valoración de referencia para los diferentes tipos de información manejados y los diferentes servicios prestados. El Comité de Gestión de la Seguridad de la Información dinamizará la disponibilidad de recursos para atender a las necesidades de seguridad de los diferentes sistemas, promoviendo inversiones de carácter horizontal.
9. GESTIÓN DOCUMENTAL
Las directrices para la estructuración de la documentación del sistema, su gestión y acceso se encuentran documentadas en el procedimiento general SGC-PROCG04-01 Elaboración y Control Documentos.
10. DESARROLLO DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Esta Política de Seguridad de la Información complementa las políticas de seguridad de INFORMATICA CATRIAN en diferentes materias:
• PCS02-Seguridad física y ambiental, que establece las directrices para prevenir el acceso físico no autorizado, los daños e interferencia a la información de la organización y a los recursos de tratamiento de la información.
• PCS03-Gestión de comunicaciones y operaciones, que define las pautas a seguir para asegurar el funcionamiento correcto y seguro de las instalaciones de tratamiento de la información así como de las redes.
• PCS04-Control de acceso, que define cómo limitar el acceso a los recursos de tratamiento para prevenir el acceso no autorizado, garantiza el acceso de usuarios autorizados y evitar el acceso no autorizado a los sistemas y servicios.
• PCS05-Adquisición, desarrollo y mantenimiento de los SSII, para garantizar que la seguridad de la información sea parte integral de los sistemas de información a través de todo el ciclo de vida.
• PCS08-Cumplimiento legal, para evitar incumplimientos de las obligaciones legales, estatutarias, reglamentarias o contractuales relativas a la seguridad de la información o de los requisitos de seguridad.
• PCS10-Seguridad de los RRHH y Terceros, que asegura que los empleados y contratistas entiendan sus responsabilidades y sean adecuados para desempeñar sus funciones.
• PCS11-Cifrado, para garantizar un uso adecuado y eficaz de la criptografía para proteger la confidencialidad, autenticidad y/o integridad de la información.
• PCS12-Gestión de activos, que define como identificar los activos de la organización y definir las responsabilidades de protección adecuadas.
La normativa de seguridad estará a disposición de todos los miembros de la organización que necesiten conocerla, en particular para aquellos que utilicen, operen o administren los sistemas de información y comunicaciones.
La normativa de seguridad estará disponible en la intranet
http://sharepoint.catrian.net/default.aspx
11. OBLIGACIONES DEL PERSONAL
Todos los miembros de INFORMÁTICA CATRIAN tienen la obligación de conocer y cumplir esta Política de Seguridad de la Información y la Normativa de Seguridad, siendo responsabilidad del Comité de Gestión de la Seguridad de la Información disponer de los medios necesarios para que la información llegue a los afectados.
Todos los miembros de INFORMÁTICA CATRIAN asistirán a una sesión de concienciación en materia de seguridad TIC al menos una vez al año. Se establecerá un programa de concienciación continua para atender a todos los miembros de INFORMÁTICA CATRIAN, en particular a los de nueva incorporación.
Las personas con responsabilidad en el uso, operación o administración de sistemas TIC recibirán formación para el manejo seguro de los sistemas en la medida en que la necesiten para realizar su trabajo. La formación será obligatoria antes de asumir una responsabilidad, tanto si es su primera asignación o si se trata de un cambio de puesto de trabajo o de responsabilidades en el mismo.
12. TERCERAS PARTES
Cuando preste servicios a otros organismos o maneje información de otros organismos, se les hará partícipes de esta Política de Seguridad de la Información, se establecerán canales para reporte y coordinación de los respectivos Comités y se establecerán procedimientos de actuación para la reacción ante incidentes de seguridad.
Cuando INFORMATICA CATRIAN utilice servicios de terceros o ceda información a terceros, se les hará partícipes de esta Política de Seguridad y de la Normativa de Seguridad que ataña a dichos servicios o información. Dicha tercera parte quedará sujeta a las obligaciones establecidas en dicha normativa, pudiendo desarrollar sus propios procedimientos operativos para satisfacerla. Se establecerán procedimientos específicos de reporte y resolución de incidencias. Se garantizará que el personal de terceros está adecuadamente concienciado en materia de seguridad, al menos al mismo nivel que el establecido en esta Política.
Cuando algún aspecto de la Política no pueda ser satisfecho por una tercera parte según se requiere en los párrafos anteriores, se requerirá un informe del Responsable de Seguridad que precise los riesgos en que se incurre y la forma de tratarlos. Se requerirá la aprobación de este informe por los responsables de la información y los servicios afectados antes de seguir adelante.